Balnearios IMSERSO
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El Programa de termalismo del IMSERSO es una propuesta destinada a mejorar la calidad de vida de las personas mayores en España. Este programa se centra en la promoción de la salud y el bienestar a través de la utilización de aguas termales y otros tratamientos terapéuticos.
El programa está diseñado para personas mayores de 60 años que estén jubiladas o retiradas del mercado laboral. Los participantes tienen la oportunidad de disfrutar de una estancia de 10 o 12 días en uno de los balnearios asociados al programa del IMSERSO, donde pueden beneficiarse de tratamientos terapéuticos, como hidroterapia, masajes, baños de burbujas y terapias de inhalación. Además, el programa también ofrece actividades como excursiones, paseos y otras actividades recreativas.
El objetivo del programa de termalismo es promover la salud física y mental de las personas mayores y mejorar su calidad de vida en general. Los tratamientos terapéuticos que se ofrecen en los Balnearios del IMSERSO tienen muchos beneficios para la salud, como aliviar el dolor, reducir el estrés y mejorar la circulación sanguínea. Además, los participantes tienen la oportunidad de socializar y hacer nuevas amistades durante su estancia en el balneario.
En definitiva, el programa de termalismo del IMSERSO es una excelente iniciativa que ofrece numerosos beneficios para la salud y el bienestar de las personas mayores. A través de este programa, se promueve la calidad de vida y se fomenta la integración social de los participantes.
REQUISITOS
A través del Programa de Termalismo del Imserso el Estado español proporciona a los/las pensionistas que por prescripción facultativa precisen los tratamientos que se prestan en los balnearios y que reúnan determinados requisitos, el acceso a precios reducidos a este tipo de establecimientos, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, la mejora de la salud y la prevención de la dependencia.
El Programa está organizado y financiado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, quien anualmente concierta con establecimientos termales la reserva de plazas en balnearios para la estancia y tratamiento de las personas usuarias del Programa.
El artículo 3 de la Resolución del Imserso de 21 de noviembre de 2022, recoge los requisitos para 2023 de las personas usuarias del Programa:
Podrán participar en el Programa de Termalismo del Imserso, las personas residentes en España, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
Las personas usuarias de plaza deben reunir los siguientes requisitos:
Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).
Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean personas aseguradas o beneficiarias del Sistema de la Seguridad Social español, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a las personas usuarias en el punto segundo.
También podrán ser personas adjudicatarias de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto segundo a) y b).
Asimismo, podrán ser personas adjudicatarias de plaza, los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación.
Los requisitos establecidos en el punto 2 se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable de la persona usuaria de los tratamientos.
En todo caso, la concesión de plazas por parte del Imserso, estará condicionada a la disponibilidad de las mismas en los establecimientos termales.
Solo se podrá disponer de la plaza cuando se tenga conformidad de la misma por parte del Imserso.
SERVICIOS OFRECIDOS POR EL PROGRAMA
La convocatoria de 2023 contempla una oferta de 192.000 plazas para participar en el programa de termalismo, a desarrollar en los turnos y balnearios que participan en la campaña; la distribución provincial de las plazas ofertadas se recoge como anexo V de la Resolución del Imserso de 21 de noviembre de 2022.
Dentro del Programa de Termalismo del Imserso se incluyen los siguientes servicios:
Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles de uso compartido.
Tratamientos termales básicos, que comprenderán:
El reconocimiento médico al ingresar en el balneario para la prescripción del tratamiento.
El tratamiento termal que, en cada caso, prescriba el personal médico del balneario.
El seguimiento médico del tratamiento.
Actividades de ocio y tiempo libre ofertadas gratuitamente por el balneario.
Póliza de seguro.
En todo caso las personas usuarias de los turnos, y en su caso, los acompañantes, realizarán los desplazamientos a las establecimientos termales, así como el regreso a sus domicilios, directamente por sus propios medios.
No obstante, el transporte por cuenta del balneario, en los casos que se expresan en el anexo III de la Resolución indicado en la columna final, se realizará desde la localidad más cercana al balneario con transporte público hasta la estación termal al comenzar el turno y el regreso, al finalizar el mismo.
ESTANCIAS Y TRATAMIENTOS
Hay turnos de plazas de 12 días (11 pernoctaciones) y turnos de plazas de 10 días (9 pernoctaciones) cada uno, se realizarán en régimen de pensión completa y comprenderán desde las doce horas del día de llegada hasta las doce horas del día de salida.
El desarrollo del programa se efectuará durante el período comprendido entre el mes de febrero y el mes de diciembre de 2023.
Los establecimientos hoteleros donde transcurrirá la estancia se encuentran, en la mayoría de las estaciones termales, en el mismo inmueble en donde se efectúa el tratamiento termal disponiendo, como mínimo, de los siguientes servicios: habitaciones dobles con instalación de baño completo o ducha, agua caliente y calefacción, para los balnearios con turnos de primavera, otoño e invierno; comedor, sala de TV y salones sociales para la realización de actividades recreativas.
Los tratamientos termales que se prestan a través del Programa en cada una de las estaciones termales son los que se relacionan al detallar los balnearios participantes.
¿ COMO SE SOLICITA LA PLAZA ?
La convocatoria de 2023 contempla una oferta de 192.000 plazas para participar en el programa de termalismo, a desarrollar en los turnos y balnearios que participan en la campaña; la distribución provincial de las plazas ofertadas se recoge como anexo V de la Resolución del Imserso de 21 de noviembre de 2022.
Como recoge el artículo 5 de la mencionada Resolución la solicitud se formalizará en el modelo oficial junto con la declaración responsable correspondiente las solicitudes de participación en el programa de termalismo para 2023, deberán ser presentadas según los plazos establecidos. Una vez admitidas y verificadas las plazas serán adjudicadas, como en años anteriores.
Para la cumplimentación y presentación de las solicitudes se dispone de los siguientes medios:
Por su sencillez, rapidez y seguridad, recomendamos la presentación de nuevas solicitudes de forma telemática a través de la sede electrónica del Imserso. El acceso a la solicitud de este procedimiento no requiere autenticación electrónica (Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico) por parte de la persona interesada.
Descargando de la página web o de la propia sede electrónica del Imserso el modelo de solicitud de participación en el programa de termalismo para la temporada 2023. Una vez cumplimentado deberá remitirlo por alguno de los siguientes medios:
A través de los registros electrónicos y oficinas relacionados en el artículo 9 de la Orden SSI/1688/2015, de 30 de julio, por la que se regula el programa de termalismo del Imserso.
En sobre franqueado, no por correo certificado, a la dirección: Programa de Termalismo del Imserso, apartado de correos 61.285 28080 Madrid.
Sin perjuicio de que las personas solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todas las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año anterior, sus expedientes estén completos.
PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
De conformidad con el artículo 5 de la Resolución de convocatoria, las solicitudes de participación en el programa de termalismo para 2023 deberán ser presentadas, conforme a los dos plazos establecidos.
Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:
1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 9 de enero de 2023.
2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 15 de mayo de 2023.
Para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias:
1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 14 de mayo de 2023.
2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 15 de noviembre de 2023.
Sin perjuicio de que las personas solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todas las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año anterior, sus expedientes estén completos.